Chile oficializa el cargador USB‑C como estándar
Diario Oficial publicó el reglamento: teléfonos obligados desde octubre 2026 y otras categorías desde octubre 2028.
- 01Reglamento y plazos
- 02Fiscalización y rotulado
- 03Voces del gobierno
- 04Impacto para consumidores
- ◆Contexto
- ◆Qué viene
El Ministerio de Economía publicó en el Diario Oficial el reglamento que establece el puerto USB Tipo C como conector de carga obligatorio para once categorías de productos electrónicos en Chile. La norma, que implementa la Ley N°21.695, fija octubre de 2026 como fecha límite para teléfonos nuevos y octubre de 2028 para el resto de los equipos. El Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) tendrá la fiscalización, recibirá reclamos y podrá sancionar a comercios e importadores incumplidores. El reglamento también obliga a los proveedores a rotular con pictogramas si un producto incluye cargador y a informar potencia y compatibilidad con carga rápida.
La medida busca reducir costos para los hogares y disminuir los residuos electrónicos al replicar el patrón adoptado por la Unión Europea y alinearse con la norma de la Comisión Electrotécnica Internacional (IEC). El reglamento exige transparencia en el embalaje —indicando si el cargador se vende separado y sus características— y deja fuera de la obligación a los equipos ya en uso. A partir de las fechas fijadas, la comercialización de modelos nuevos con puertos distintos será considerada incumplimiento sancionable por Sernac.
Reglamento y plazos
El reglamento clasifica once categorías de dispositivos y establece un calendario escalonado: desde octubre de 2026 todos los teléfonos celulares nuevos comercializados en Chile deberán llevar puerto USB Tipo C; desde octubre de 2028 la obligación se extiende a notebooks, tablets, cámaras digitales, auriculares, consolas portátiles, parlantes portátiles, lectores electrónicos, teclados, mouse y sistemas de navegación portátil. La obligación aplica a importadores y comercios que vendan equipos nuevos a partir de esas fechas; los dispositivos y cargadores que ya poseen las personas no se ven afectados. El texto reglamentario también fija criterios técnicos y referencias al estándar internacional para facilitar la homologación de productos.
Fiscalización y rotulado
El Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) será la autoridad encargada de fiscalizar el cumplimiento, recibir reclamos y aplicar sanciones a comercios e importadores que ofrezcan equipos nuevos sin el puerto requerido. El reglamento obliga además a que las cajas y etiquetas informen claramente si el dispositivo incluye cargador, su potencia y compatibilidad con sistemas de carga rápida como USB Power Delivery, mediante pictogramas estandarizados. Sernac deberá además evaluar cada dos años si corresponde incorporar nuevas categorías de productos a la lista regulada.
Voces del gobierno
Karlfranz Koehler, subsecretario de Economía, dijo que la norma permitirá a las personas usar un mismo cargador para distintos dispositivos, contribuyendo al ahorro en los hogares y a la reducción de residuos electrónicos. La cartera encabezada por el ministro Daniel Mas enfatizó que al alinearse con el estándar de la IEC y con la experiencia europea se evitan costos de adaptación y se facilita la comercialización de productos que ya cumplen esos requisitos en otros mercados. El Ministerio de Economía presentó el reglamento como una implementación práctica de la Ley N°21.695.
Impacto para consumidores
Los consumidores no deberán desechar sus cargadores actuales: la regulación alcanza sólo a equipos nuevos comercializados desde las fechas fijadas. Las empresas seguirán pudiendo vender productos sin cargador, pero tendrán la obligación de informarlo en el empaque; la transparencia sobre inclusión y potencia busca evitar compras engañosas. Para el mercado implicará ajustes logísticos y de etiquetado, pero también una mayor armonización con los inventarios destinados a mercados que ya adoptaron USB‑C.
La Ley N°21.695, que instauró el principio de cargador universal, fue diseñada para reducir la obsolescencia y los desechos electrónicos replicando la pauta regulatoria de la Unión Europea. Al tomar como referencia el estándar de la Comisión Electrotécnica Internacional (IEC), Chile pretende evitar barreras técnicas al comercio y facilitar que fabricantes que ya cumplen en otros mercados mantengan sus modelos. El esquema de evaluación bienal a cargo de Sernac abre la puerta a futuros ajustes según la evolución tecnológica y del mercado.
Fechas concretas a seguir: 1) octubre de 2026, entrada en vigor de la obligación para teléfonos nuevos; 2) octubre de 2028, extensión a las otras diez categorías listadas. En las próximas semanas Sernac deberá definir protocolos de fiscalización operativa y canales para recibir reclamos una vez comience la vigencia para teléfonos; el organismo también realizará la primera evaluación bienal sobre si sumar más productos regulados.