La Corte de Apelaciones de Santiago declaró admisible el recurso de amparo contra la prisión preventiva de Lavín; la defensa alega arbitrariedad y errores procesales mientras Fiscalía y querellantes sostienen evidencia de fraude, tráfico de influencias y una presunta red vinculada a la Municipalidad de Maipú.
01El exdiputado Joaquín Lavín León permanece recluido en el Anexo Penitenciario Capitán Yáber desde la prisión preventiva decretada el 8 de mayo por el Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago, en el marco de una investigación que le imputa, entre otros, los delitos de fraude al fisco, tráfico de influencias y falsificación y uso malicioso de instrumento privado mercantil. Su defensa presentó un recurso de amparo ante la Corte de Apelaciones de Santiago buscando revertir la medida cautelar, y dicho recurso fue declarado admisible por el tribunal de alzada en una resolución dividida.
02La defensa, liderada por el abogado Cristóbal Bonacic, plantea seis agravios principales contra la resolución del juez Daniel Urrutia: que el magistrado habría "transcrito literalmente pasajes de la minuta de formalización" de la Fiscalía; que consideró delitos y hechos que, según la defensa, no formaban parte del desafuero; que omitió los argumentos y atenuantes expuestos en audiencia; que no fundamentó debidamente la proporcionalidad de la prisión preventiva; que habría incurrido en una apreciación de una supuesta "red de corrupción" que excede los hechos formalizados; y que el tribunal habría ampliado la imputación sobre la marcha. En su escrito los defensores califican la resolución como "arbitraria e ilegal".
03La Corte de Apelaciones actuó de forma dividida al admitir el amparo: los ministros de mayoría tomaron en cuenta la alegación de que la resolución que impuso la prisión preventiva consideró delitos no incluidos en el desafuero, mientras que el juez integrante Luis Hernández votó en contra por estimar que tramitar un amparo implicaría una "revisión anómala" de una resolución que es susceptible de recursos ordinarios y que aún estaba vigente el plazo de apelación. El tribunal pidió además un informe al juez Urrutia, con un plazo de 24 horas para remitirlo.
04Los querellantes y el Ministerio Público cuestionaron el recurso de amparo y recordaron que Lavín ya no ostenta fuero parlamentario —su periodo concluyó el 11 de marzo—, por lo que, a su juicio, la defensa funda su acción en un status que ya no existe. La Municipalidad de Maipú, querellante en la causa, sostuvo que la acción de amparo no se hace cargo del fondo del asunto ni de la solidez de la imputación fiscal.
05La Fiscalía, según la exposición recogida por la Corte y los tribunales, presentó una serie de antecedentes que, a juicio del Ministerio Público, acreditan un perjuicio fiscal superior a $200 millones y que explican la decisión cautelar. Entre los hechos que la Fiscalía destacó están: emisión de facturas ideológicamente falsas (presuntamente para pagar deudas de campaña a la imprenta MMG) con evidencia como mensajes de WhatsApp, audios, declaraciones del dueño de la imprenta y un archivo Excel; pagos por $177 millones a la empresa Modo74 vinculada a la plataforma SocialTazk, que Fiscalía sostiene fue usada para fines electorales y comerciales; la presunta utilización de personal de la diputación en un "call center" para captar clientes de la plataforma; y la existencia de conductas sistemáticas que configuran, según el Ministerio Público, una "red" que influyó en decisiones municipales en Maipú.
06La fiscal de Alta Complejidad Oriente, Constanza Encina, y los querellantes anunciaron además la intención de ampliar la investigación y buscar extender el desafuero por delitos electorales, indagando posibles comercializaciones de bases de datos y el padrón electoral a partir del uso de la plataforma, hipótesis que la defensa rechaza.
07Paralelamente, otros imputados del caso han replicado la estrategia jurídica: el asesor Arnaldo Domínguez —también en prisión preventiva— presentó su propio recurso de amparo ante la Corte de Apelaciones, alegando que la resolución del juez Urrutia carece de fundamentación, que se rechazó indebidamente la petición de sobreseimiento por prescripción de ciertos hechos y solicitando su libertad con medidas menos gravosas (firma semanal y arraigo nacional).
08Próximos pasos: la Corte de Apelaciones deberá ahora resolver el fondo del amparo y examinar la apelación que la defensa anunció que presentará dentro del plazo legal. La decisión del tribunal de alzada —sumada a la posibilidad de ampliar las imputaciones penales por parte de la Fiscalía— marcará el curso inmediato del proceso y las opciones de la defensa para intentar revertir la prisión preventiva.