Críticas legales y pedagógicas alertan sobre riesgos de vulneración de derechos, falta de distinción por edad y la necesidad de priorizar prevención y recursos profesionales
01El proyecto «Escuelas Protegidas» propone medidas para enfrentar la violencia escolar que incluyen la facultad de revisar mochilas y efectos personales, sancionar interrupciones de la actividad académica, prohibir vestimentas que “promuevan” violencia o conductas ilícitas y condicionar el acceso a la gratuidad universitaria por condenas. Además contempla la posibilidad de que establecimientos contacten a Carabineros o la Policía de Investigaciones para registros en situaciones específicas.
02Especialistas y columnistas critican el cariz marcadamente punitivo del proyecto y advierten que pone en el centro a niños, niñas y adolescentes como principales responsables del problema, cuando los episodios extremos son solo la punta del iceberg de una crisis más amplia de convivencia y salud mental escolar.
03Datos recientes citados en los análisis muestran una preocupante situación de salud mental: el estudio ELPI 2024 indica que tres de cada cuatro adolescentes presentan sintomatología de ansiedad o depresión y que uno de cada cinco de 14 años ha sufrido cyberbullying en el último año. Asimismo, las denuncias por convivencia ante la Superintendencia de Educación se han duplicado desde 2019, superando las 17.000, la mayoría por maltrato entre estudiantes.
04Desde el punto de vista jurídico se advierte un problema estructural: la redacción del proyecto usa la categoría genérica “estudiante” sin delimitar edades, lo que podría habilitar la aplicación de controles —incluido el accionar de policías— a niños y niñas. Esto choca con el principio de la autonomía progresiva y el estatuto especial de protección de la infancia reconocido en la Constitución y en la jurisprudencia, por lo que se reclama una delimitación expresa por edades.
05La falta de precisión sobre a quiénes y cómo se aplicarán medidas como la revisión de mochilas genera inquietudes prácticas: ¿quién realizará los registros y cuándo? ¿se invertirán recursos humanos y materiales que compiten con prioridades pedagógicas y el fortalecimiento de la salud mental? ¿cómo afectarán las horas de clase y la carga administrativa de los docentes?
06Los comentaristas recuerdan que ya existen instrumentos legales orientados a la seguridad escolar, como la Ley Aula Segura (2018) y la recién promulgada Ley de Convivencia Escolar (2026), la cual moderniza protocolos y contempla infraestructura para detección de armas si hay antecedentes fundados; sin embargo, su implementación es muy reciente y aún no permite evaluar resultados definitivos.
07Ambos enfoques convergen en una recomendación: cualquier iniciativa debe priorizar la prevención, dotar a las escuelas de recursos económicos, profesionales y pedagógicos, y garantizar claridad legal para no vulnerar derechos. En particular, se exige incorporar una delimitación expresa por edades en las normas que habilitan controles policiales sobre estudiantes.
08Finalmente, se subraya que la respuesta eficaz a la violencia escolar requiere abordar factores estructurales que exceden el marco escolar —consumación de derechos en entornos familiares y comunitarios, crisis de salud mental, regulación de contenidos en redes sociales y control de armas— y que las soluciones punitivas, sin acompañamiento preventivo y recursos, difícilmente resolverán el problema de raíz.