Tras fallo de la Corte Suprema y un cambio de Subtel, las cobranzas podrán aparecer como llamadas normales; importa para consumidores y empresas.
La Corte Suprema acogió un recurso del sector retail y obligó a la Subsecretaría de Telecomunicaciones a dejar sin efecto la obligación de usar los prefijos 600 y 809 en llamadas de cobranza extrajudicial. El cambio, publicado por Subtel en el Diario Oficial el 13 de mayo, permite que las empresas vuelvan a llamar desde números que aparentan ser teléfonos fijos o móviles comunes. La decisión modifica una clasificación de 2025 que había etiquetado esas llamadas como “servicios complementarios” y buscaba diferenciarlas del spam. El viraje afectará la forma en que millones de usuarios identifican y filtran contactos por deudas.
El cambio importa porque elimina una señal visual —los prefijos 600 y 809— que muchos usaban para identificar llamadas de cobranza y posibles fraudes. Para el sector del retail la obligatoriedad afectaba su capacidad de gestión de cobranzas; para consumidores implica mayor dificultad para distinguir una llamada legítima de una estafa. La norma mantiene, sin embargo, límites legales de horarios, frecuencia y prohibiciones de hostigamiento, de modo que la protección del usuario no desaparece automáticamente. El escenario abre una nueva fase de fiscalización y reclamos ante los organismos de protección del consumidor.
La Corte Suprema determinó que las comunicaciones cuyo objetivo sea la cobranza extrajudicial no constituyen un “servicio complementario” de telecomunicaciones y, por tanto, no deben obligatoriamente usar bloques numéricos 600 o 809. En su fallo del recurso de amparo económico, el tribunal revocó la clasificación que Subtel había introducido en 2025 y abrió la vía para la modificación publicada en mayo. El efecto inmediato es que las empresas pueden elegir numeraciones que no delaten su propósito de cobranza.
La Asociación Gremial de la Industria de Retail Financiero A.G. presentó el recurso alegando que la etiqueta de servicios complementarios afectaba gravemente la gestión de cobros y la recuperación de créditos. El gremio sostuvo que la restricción de bloques numéricos y la categorización como comunicaciones masivas impedían llamadas legítimas entre acreedor y deudor una vez vencida una obligación. Su demanda fue el eje jurídico que llevó al cambio de la resolución de Subtel.
La Subsecretaría de Telecomunicaciones formalizó la modificación en el Diario Oficial y explicó que las comunicaciones de cobranza podrán no usar los prefijos antes exigidos, siempre que se ajusten al marco legal vigente. Subtel mantiene límites regulatorios generales en materia de telecomunicaciones, pero la norma ahora otorga mayor flexibilidad en la numeración de origen. El organismo enfatiza que la legitimidad de la llamada dependerá del cumplimiento de las reglas de horarios y frecuencia.
Para los consumidores la protección jurídica permanece: solo se permite llamar de lunes a sábado entre 08:00 y 20:00 horas, está limitada la cantidad de contactos semanales y está prohibido el hostigamiento o informar a terceros sobre la deuda. Si se vulneran esos límites, los usuarios pueden registrar los datos del contacto y presentar un reclamo ante el Servicio Nacional del Consumidor, que puede exigir el cese del acoso. El canal de denuncias será clave para determinar cómo se aplica la flexibilización en la práctica.
El cambio genera preocupación por el potencial aumento de llamadas indistinguibles que faciliten estafas o suplantación de identidad, mientras que el sector financiero celebra una herramienta menos restrictiva para recuperar créditos. Expertos en protección al consumidor y organizaciones civiles avisaron que la clave será la fiscalización y la sanción de conductas abusivas, más que la numeración en sí. El debate público ahora se centrará en cómo los organismos reguladores supervisarán el cumplimiento efectivamente.
Lo disputado es la naturaleza de la comunicación: Subtel la había clasificado como “servicio complementario” en 2025, mientras que la Corte Suprema consideró que la cobranza extrajudicial es una gestión directa entre acreedor y deudor y no debe sujetarse a bloques numéricos especiales. El sector retail sostuvo que la clasificación perjudicaba su capacidad de cobro; defensores del consumidor temen que la eliminación del prefijo dificulte la identificación de fraudes.
El próximo hito será la fiscalización práctica: Sernac y Subtel recibirán las primeras denuncias y deberán aplicar sanciones para definir si la flexibilización se traduce en mayor hostigamiento o en una gestión de cobranzas ordenada. Las denuncias administrativas y los primeros informes de cumplimiento marcarán cómo se regula la numeración en la práctica.