Tribunal admitió el recurso en decisión dividida, la defensa alega arbitrariedad e irregularidades; la Corte analizó el recurso el 15 de mayo y aún no ha resuelto
01Situación procesal actual: a 15 de mayo la Corte de Apelaciones de Santiago había revisado el recurso de amparo presentado por la defensa de Joaquín Lavín León y aún no entregaba un fallo sobre el fondo; el exdiputado permanece cumpliendo prisión preventiva en el Anexo Penitenciario Capitán Yáber desde su formalización y detención la semana anterior.
02Causa y medidas previas: Lavín fue formalizado por la Fiscalía por los presuntos delitos de fraude al fisco, tráfico de influencias y falsificación y uso malicioso de instrumento privado mercantil; la formalización y minuta del Ministerio Público —leída el 4 de mayo según las partes— sirvieron de base para la audiencia en la que se dictó la medida cautelar que hoy impugnan sus abogados.
03Admisión del amparo y voto dividido: la Corte de Apelaciones declaró admisible el recurso de amparo en una decisión dividida, acogiendo —en la mayoría— la alegación de la defensa de que el juez de garantía, Daniel Urrutia, habría considerado ilícitos que no fueron objeto del desafuero; el ministro integrante que votó en contra advirtió que tramitar el amparo podría ser una “revisión anómala” de una resolución susceptible de recursos ordinarios y que aún estaba abierto el plazo de apelación.
04Argumentos centrales de la defensa: en un escrito de 66 páginas la defensa, encabezada por Cristóbal Bonacic, sostiene que la resolución fue “arbitraria e ilegal” y plantea seis errores, entre ellos que el juez habría transcrito literalmente pasajes de la minuta de formalización del Ministerio Público, que se consideraron hechos o delitos no incluidos en el desafuero, que se omitieron los alegatos y atenuantes presentados por la defensa y que existió una atribución basada en la “opinión” del magistrado sobre una supuesta red de corrupción.
05Audiencia de revisión y posiciones en la Corte (15 de mayo): en la sesión de la segunda sala la defensa argumentó el amparo y los otros intervinientes —Ministerio Público, Municipalidad de Maipú y Consejo de Defensa del Estado— rebatieron esas alegaciones; la Corte evaluará si las imputaciones autorizadas en el desafuero fueron o no la base de la prisión preventiva y, por ahora, no ha pronunciado resolución sobre el fondo.
06Postura del Ministerio Público: el fiscal Eugenio Campos, director de la Unidad Anticorrupción, señaló que el amparo no es un recurso para discutir el mérito penal ni la calidad de autoridad en los hechos, y enfatizó que la discusión pertinente es si los delitos autorizados en el desafuero por la Corte Suprema fueron efectivamente los mismos que el tribunal de garantía consideró al decretar la prisión preventiva; la Fiscalía sostiene que así fue.
07Reacciones de los querellantes y próximos pasos procesales: los querellantes, entre ellos la Municipalidad de Maipú, solicitaron que se declarara inadmisible el amparo argumentando que existen otros medios de impugnación no ejercidos; la defensa, además de este amparo, prepara una apelación dentro del plazo legal, mientras la Corte pidió informe al juez Urrutia (según versiones anteriores) y deberá resolver ahora el fondo del recurso tras ponderar las alegaciones presentadas.