La norma de la CMF entra en vigor en junio de 2026 y obliga a incluir 5% del saldo financiable en el mínimo.
La Comisión para el Mercado Financiero (CMF) publicó en junio de 2025 una nueva normativa que redefine el cálculo del pago mínimo de las tarjetas de crédito; la regla entra en vigor en junio de 2026. A partir de esa fecha el mínimo será el Monto No Financiable más al menos el 5% del Monto Financiable, y las cuotas “sin interés” se incorporarán gradualmente al cálculo durante dos años. El objetivo formal es reducir el sobreendeudamiento y acelerar la amortización de capital que hoy muchas veces queda estancada. La implementación contempla periodos de transición y facultades para que las entidades ofrezcan exenciones temporales ante emergencias financieras.
La modificación cambia la práctica vigente en que cada emisor fijaba su mínimo, y busca evitar que deudas se prolonguen por décadas pagando sólo intereses. Según los ejemplos entregados por la regulación, pasar del 1% al 5% del saldo financiable reduce el plazo promedio de 15 a cinco años y recorta sustancialmente los intereses totales. La gradualidad en la incorporación de las cuotas sin interés y el periodo de adaptación pretenden dar tiempo a bancos y clientes para ajustar presupuestos y sistemas. Para quienes enfrentan apremios, el marco permite excepciones temporales con reprogramación de esos montos en plazos de hasta 24 meses.
La fórmula que definió la CMF obliga a que el pago mínimo mensual sea la suma del Monto No Financiable (MNF) más, como mínimo, un 5% del Monto Financiable (MF). El MNF incluye cargos que hoy son de pago obligatorio, como comisiones, seguros y las cuotas pactadas sin interés. La modificación queda consignada en la norma publicada en 2025 y formaliza criterios que antes variaban entre emisores y casas comerciales. El cambio técnico busca que el abono mensual amortice capital y no sólo cubra intereses.
La inclusión de las cuotas “sin interés” no será instantánea: la norma establece una incorporación progresiva del 25% cada seis meses hasta completar el 100% en dos años. Esa transición pretende dar margen operativo a los emisores para actualizar sistemas de cobro y a los clientes para reordenar sus pagos. Las entidades deberán, además, adaptar la comunicación hacia los tarjetahabientes para reflejar el nuevo cálculo del mínimo. La gradualidad también se presenta como una respuesta a la alta proporción de usuarios que hoy terminan pagando interés por cuotas originalmente sin cargo.
El impacto en el bolsillo queda ilustrado con los cálculos difundidos por la propia regulación: pagar solo el 1% del saldo puede extender la deuda a 180 meses con un incremento de intereses cercano al 160%, mientras que con un 5% el plazo cae a 60 meses y los intereses totales se reducen a alrededor del 40%. Para usuarios con deudas importantes, el cambio significa una carga mensual mayor en el corto plazo pero menor costo financiero acumulado. Analistas de consumo y medios subrayan que la medida ataca el fenómeno de las “cuotas eternas” que empobrecen la amortización.
La normativa incorpora medidas de alivio: los emisores pueden autorizar la exención del pago mínimo por hasta dos meses consecutivos ante emergencias, pero esos saldos deberán reprogramarse y pagarse en un plazo máximo de 24 meses. El periodo de transición también busca minimizar el impacto sobre clientes que no puedan cubrir de inmediato el nuevo mínimo, permitiendo opciones de restructuración. Al mismo tiempo, las entidades deberán ajustar procesos internos y canales de atención para gestionar las solicitudes de exención y reprogramación.
El próximo hito es la puesta en marcha de la fórmula en junio de 2026 y el primer ajuste semestral que incorporará un 25% adicional de las cuotas sin interés. Regulador y emisores deberán publicar instrucciones y canales de atención prácticos en las semanas previas; los usuarios deberán revisar sus estados de cuenta para anticipar cambios en el pago mínimo. Las dudas abiertas son cómo distribuirán los bancos el alza en distintos segmentos de clientes y qué fiscalización hará la CMF sobre la correcta aplicación de la transición.