La CMF obliga desde junio de 2026 a incluir 5% del capital y gradualmente las cuotas ‘‘sin interés’’, para frenar el sobreendeudamiento.
La Comisión para el Mercado Financiero (CMF) estableció una nueva fórmula para calcular el pago mínimo de las tarjetas de crédito que comienza a regir en junio de 2026. La norma obliga a que ese mínimo incluya el Monto No Financiable más al menos el 5% del Monto Financiable, es decir, del capital adeudado. Además incorpora, de forma gradual durante dos años, la totalidad de las cuotas pactadas ‘‘sin interés’’ dentro del monto obligatorio. El objetivo declarado es reducir plazos e intereses que hoy permiten que deudas se prolonguen por años.
La modificación busca frenar el fenómeno de las ‘‘cuotas eternas’’, donde pagos mínimos que solo cubren intereses dejan el capital casi intacto. Según la CMF, pagar solo el 1% del saldo puede extender el plazo de la deuda hasta 180 meses y multiplicar los intereses; con el nuevo 5% ese plazo bajaría a 60 meses. La inclusión completa de las cuotas sin interés se realizará en etapas (25% cada seis meses) para permitir adaptación de las entidades y consumidores. El cambio afectará directamente el presupuesto mensual de miles de tarjetas activas en Chile.
La CMF fijó que el pago mínimo mensual será la suma del Monto No Financiable —cargos obligatorios como intereses, comisiones y cuotas sin interés— más al menos el 5% del Monto Financiable, la porción de capital que resta. La autoridad utilizó cifras demostrativas para mostrar que pasar del 1% al 5% del capital reduce dramáticamente el tiempo de amortización y los intereses totales pagados. El cambio busca homogeneizar prácticas que hoy varían entre bancos y casas comerciales. La disposición está contenida en la normativa publicada en junio de 2025 y su entrada en vigor es en junio de 2026.
La normativa modifica además el tratamiento de las cuotas pactadas ‘‘sin interés’’. En lugar de quedar parcialmente fuera del cálculo del mínimo, esas cuotas se incorporarán progresivamente: 25% adicional del efecto cada seis meses hasta completar el 100% en dos años, según la hoja de ruta publicada por la CMF. La transición pretende dar tiempo a los sistemas de cobro y a la comunicación con clientes para amortizar el impacto en los presupuestos domésticos. El eventual efecto completo se verá al término del periodo de dos años.
El impacto en el bolsillo será inmediato para quienes hoy cubren solo montos míseros: la CMF ejemplifica que una deuda que con un mínimo del 1% tardaría 15 años en pagarse y generaría un 160% de recargo por intereses, mientras que con un 5% el plazo caería a cinco años y los intereses totales a alrededor de 40%. Ante dificultades transitorias, los bancos podrán autorizar omitir el pago mínimo por hasta dos meses consecutivos, pero ese saldo deberá recuperarse en un plazo máximo de 24 meses. Esas disposiciones buscan evitar cesaciones de pago masivas y al mismo tiempo forzar mayor amortización.
Para consumidores, la norma obliga a replantear presupuestos y priorizar amortizaciones de capital más elevadas que hasta ahora. Las empresas emisoras deberán adaptar sistemas de facturación y comunicación para detallar cómo cambia el mínimo y el calendario de incorporación de cuotas sin interés. Organizaciones de defensa del consumidor y contadores personales ya anticipan un aumento en consultas y solicitudes de reestructuración cuando la regla comience a aplicarse. El efecto neto sobre la morosidad y el crédito al consumo dependerá de la reacción simultánea de emisores y usuarios.
El próximo hito es la entrada en vigencia de la fórmula en junio de 2026, cuando comenzará a aplicarse el 5% del capital en el cálculo del mínimo. En los meses siguientes los consumidores deberán revisar estados de cuenta y comunicaciones de sus emisores para entender el ajuste semestral del 25% que llevará la incorporación de cuotas sin interés a su totalidad en dos años. La CMF y las entidades financieras serán las encargadas de fiscalizar y comunicar los cambios prácticos.