La medida informatizada ya vigente restringe emisión por falta de Eunacom o registro activo, afectando a pacientes y plataformas.
La Superintendencia de Seguridad Social (Suseso) activó esta semana un bloqueo automático que impide la emisión de licencias médicas electrónicas cuando el profesional no figura habilitado en el registro correspondiente o no acredita el Eunacom. La medida se aplica de inmediato en plataformas como Medipass e I-Med y alcanza, en principio, a médicos cirujanos y cirujano-dentistas. Quedan excluidos los especialistas y subespecialistas certificados en Chile por organismos autorizados, que pueden emitir licencias dentro de su área. Pacientes de Fonasa e Isapres podrían encontrar a su llegada a la consulta que el talonario electrónico del profesional está inhabilitado.
La norma, que modifica la aplicación de la Ley N°20.585, busca endurecer controles para frenar fraudes en reposos laborales y garantizar que sólo personal legalmente autorizado emita documentos que activan subsidios y coberturas. Su importancia radica en que el bloqueo es automático y técnico: si la identificación del profesional no coincide con la habilitación en el Registro Nacional de Prestadores Individuales de Salud (RNPI) o, en el caso de determinados médicos, no existe Eunacom aprobado, el sistema impide inmediatamente la generación de la licencia. Esto traslada la verificación al momento de la consulta y obliga a operadores y prestadores a revisar acreditaciones antes de emitir reposos.
La Suseso instruyó a los sistemas de emisión electrónica a implementar alertas y bloqueos a partir del 24-25 de mayo, de modo que Imed y Medipass no permitan generar licencias de profesionales que no estén activos en el RNPI o que, según la fecha de titulación, no acrediten Eunacom. El control aplica tanto a médicos chilenos como extranjeros que obtuvieron su título desde el 19 de abril de 2009 en adelante. La intervención es tecnológica: las plataformas deben verificar automáticamente la habilitación antes de autorizar el documento. La Superintendencia busca con ello reducir prácticas fraudulentas vinculadas a la emisión de reposos.
La nueva regla delimita con claridad quiénes pueden emitir licencias: médicos cirujanos y cirujano-dentistas habilitados en el RNPI, con la salvedad de especialistas y subespecialistas certificados en Chile por entidades autorizadas. Esa excepción permite a especialistas certificados tramitar licencias dentro de su área aun si no han rendido Eunacom, siempre que su certificación esté reconocida por el Ministerio de Salud. La Corporación Nacional de Certificación de Especialidades Médicas (Conacem) figura entre las entidades autorizadas mencionadas en la normativa. En la práctica, la certificación nacional sustituye la exigencia del Eunacom para ese grupo.
Para evitar sorpresas, los pacientes pueden consultar gratuitamente el estado de habilitación del profesional en el Registro Nacional de Prestadores Individuales de Salud (RNPI), administrado por la Superintendencia de Salud, ingresando nombre o RUN. El RNPI muestra si el profesional está “Habilitado” para ejercer y emitir recetas o licencias, permitiendo confirmar antes de la consulta. El cambio traslada parte de la verificación al usuario y al equipo administrativo de centros y clínicas. Si el registro no consigna la habilitación, la emisión electrónica quedará bloqueada en la plataforma.
Los operadores tecnológicos recibieron la instrucción de desplegar mensajes informativos y de impedir la generación del documento cuando detecten incumplimientos, lo que implica un bloqueo técnico inmediato en Imed y Medipass. Esa medida obligará a consultorios y clínicas a verificar la habilitación en tiempo real o gestionar alternativas administrativas si la licencia no puede emitirse. Al mismo tiempo, el bloqueo reduce la posibilidad de que reposos irregulares activen subsidios en el sistema previsional. Los operadores deberán mantener registros de estas alertas y bloqueos para cumplir con la fiscalización.
El próximo hito observable será la aparición de bloqueos o alertas en Imed y Medipass en consultas presenciales; de ocurrir, pacientes y centros podrán constatar en el RNPI la razón de la inhabilitación. En paralelo, profesionales que no cumplan tendrán el plazo inmediato para regularizar su registro o acreditar certificaciones que permitan seguir emitiendo licencias.