Restricción vehicular 2026 en Santiago
Rige desde el 1 de mayo hasta el 31 de agosto; afecta a vehículos sin sello verde y activa fiscalización con cámaras y multas.
- 01Reglas y calendario
- 02Vehículos afectados
- 03Fiscalización y sanciones
- 04Medidas por episodios
- 05Exenciones y novedades
- ◆Contexto
- ◆Qué se disputa
- ◆Qué viene
Desde el 1 de mayo la Región Metropolitana aplica la restricción vehicular 2026: de lunes a viernes (excepto festivos) entre las 07:30 y las 21:00 horas varios dígitos de patentes no pueden circular, con ampliaciones en días de preemergencia o alerta ambiental. La medida apunta a reducir el material particulado en la cuenca de Santiago y se combina con prohibiciones temporales —como la de calefactores a leña— cuando la Delegación Presidencial o la Seremi del Medio Ambiente declaran episodios. La fiscalización corre por Carabineros, la Unidad de Fiscalización del MTT y una red de cámaras que generan multas automáticas.
La restricción condiciona la movilidad diaria de miles de vehículos en la provincia de Santiago —incluyendo Puente Alto y San Bernardo— y puede costar entre 1 y 1,5 UTM por infracción, sanción que en mayo de 2026 equivale a aproximadamente $70.588–$105.882. Además de las multas, la medida activa protocolos sanitarios y de fiscalización cuando empeoran las condiciones meteorológicas, lo que convierte cada decisión de alerta o preemergencia en un cambio operativo inmediato para autoridades y conductores.
Reglas y calendario
El calendario oficial —publicado por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones— establece la restricción de lunes a viernes entre 07:30 y 21:00 hasta el 31 de agosto de 2026. Dentro del anillo de Américo Vespucio las limitaciones suelen ser más estrictas y fuera de él se aplican combinaciones distintas para la provincia de Santiago y las comunas de Puente Alto y San Bernardo. En jornadas de preemergencia, alerta o emergencia ambiental la prohibición se amplía a más dígitos y a veces incluye vehículos con sello verde.
Vehículos afectados
La medida apunta sobre todo a vehículos sin sello verde: autos catalíticos inscritos antes del 1 de septiembre de 2011 y motocicletas antiguas están entre los principales alcanzados. Los eléctricos e híbridos quedan exentos en condiciones normales de calidad del aire, pero la excepción puede perderse en días de episodio crítico cuando la restricción se amplía. Además, buses interurbanos y camiones sin sello verde tienen franjas horarias propias de prohibición en tramos del día.
Fiscalización y sanciones
Carabineros trabaja junto a la Unidad de Fiscalización del MTT y una red de cámaras para controlar el cumplimiento: las infracciones detectadas por equipos automáticos o en controles presenciales se sancionan con multas de 1 a 1,5 UTM. Las cámaras del Plan de Fiscalización registran patentes en vías principales y permiten notificaciones rápidas; las autoridades han enfatizado que la fiscalización es tanto electrónica como presencial.
Medidas por episodios
Cuando la Delegación Presidencial o la Seremi del Medio Ambiente declaran preemergencia o alerta, se suman prohibiciones como el uso de calefactores a leña (excepto pellets), la paralización de fuentes fijas y la prohibición de quemas agrícolas. La Delegación Presidencial decretó la primera preemergencia para el 25 de mayo y una alerta para el 29 de mayo, ambas motivadas por condiciones de ventilación desfavorables según la Dirección Meteorológica de Chile.
Exenciones y novedades
Quedan exentos, como en años anteriores, vehículos de emergencia —Carabineros, PDI, Bomberos, Gendarmería— y ambulancias; también los eléctricos e híbridos debidamente registrados. Este año se incorporó una nueva excepción para personas con Trastorno del Espectro Autista (TEA), cuyos tutores deben obtener autorización previa de la Secretaría Regional Ministerial; el Ministerio de Transportes publicará el formato de la exención en un mini sitio oficial.
La restricción forma parte del Plan de Gestión de Episodios Críticos (GEC) impulsado por el Ministerio del Medio Ambiente y coordinada operativamente por el MTT y la Delegación Presidencial de la RM. El Gobierno ha señalado que las políticas de descontaminación han logrado históricamente reducciones sustantivas del MP2,5 desde los años 90, y el calendario anual —publicado en el Diario Oficial— fija la vigencia entre mayo y agosto para enfrentar la estacionalidad de la cuenca de Santiago. La Superintendencia del Medio Ambiente y servicios como SAG y CONAF participan en fiscalización de quemas y paralizaciones de fuentes fijas.
Las notas coinciden en la existencia y propósito de la restricción, pero difieren en detalles técnicos: por ejemplo, algunas fuentes indican que las motocicletas alcanzadas son las inscritas antes del 1 de septiembre de 2010, mientras otras señalan 2011 como fecha de corte; también hay variaciones en la enumeración de dígitos aplicables fuera del anillo de Américo Vespucio según la jornada.
En las próximas semanas las autoridades seguirán determinando episodios (preemergencia, alerta o emergencia) según las condiciones meteorológicas: la Delegación Presidencial y la Seremi del Medio Ambiente son las que decretan esas fases. El Ministerio de Transportes publicará el formato para las exenciones TEA en su mini sitio; mientras tanto siga vigente la calendario que expira el 31 de agosto de 2026, fecha clave para evaluar el balance de la temporada y cualquier ajuste normativo o operativo.