El reglamento exige USB‑C desde octubre de 2026 para teléfonos y extiende la obligación a más equipos hasta 2028.
El Diario Oficial publicó el reglamento que establece el puerto USB Tipo C como conector de carga obligatorio en Chile, en aplicación de la Ley N° 21.695. La norma fijó que todos los teléfonos nuevos vendidos en el país deberán incorporar USB‑C desde octubre de 2026, y que otras diez categorías —como notebooks, tablets y cámaras— entrarán en la obligación en octubre de 2028. El Sernac quedó encargado de fiscalizar el cumplimiento y podrá multar a quienes comercialicen equipos fuera de la norma. La medida busca homologar el mercado nacional con estándares internacionales y reducir residuos electrónicos.
La obligatoriedad transforma una preferencia técnica en una regla de mercado: obliga a importadores y comercios a vender equipos nuevos con el mismo conector y exige rotulado claro sobre si el cargador viene incluido, su potencia y compatibilidad con carga rápida. Al replicar el estándar de la Unión Europea y de la Comisión Electrotécnica Internacional (IEC), la norma promete facilitar la venta de productos que ya cumplen esos requisitos en otros mercados y evitar costos de adaptación a fabricantes. No afecta a los cargadores y dispositivos que ya tengan los consumidores.
El reglamento divide los equipos en dos fases: la primera cubre teléfonos celulares nuevos a partir de octubre de 2026; la segunda, que se aplica desde octubre de 2028, incluye notebooks, tablets, cámaras digitales, audífonos, consolas portátiles, parlantes, lectores electrónicos, teclados, mouse y sistemas de navegación portátil. La lista completa y la gradualidad responden a diferencias técnicas entre categorías y a plazos de adaptación para importadores y fabricantes.
El subsecretario de Economía, Karlfranz Koehler, defendió la medida como un alivio para los hogares y un esfuerzo por reducir desechos electrónicos, enfatizando que el estándar facilitará el uso de un mismo cargador en distintos dispositivos. El gobierno también señaló que la adopción del USB‑C alinea a Chile con normativas internacionales y evita exigencias técnicas adicionales a los proveedores que ya cumplen en otros mercados.
“permitirá a las personas usar un mismo cargador para distintos dispositivos, contribuyendo al ahorro en los hogares y a la reducción de residuos electrónicos”— Karlfranz Koehler
La fiscalización y la recepción de reclamos quedaron bajo la responsabilidad del Servicio Nacional del Consumidor (Sernac), que podrá imponer sanciones a comercios que vendan dispositivos nuevos sin el puerto requerido a partir de las fechas fijadas. Además, Sernac deberá evaluar cada dos años si corresponde incorporar nuevas categorías de productos a la regulación.
El reglamento impone rotulado obligatorio en las cajas: pictogramas y etiquetas deberán indicar si el cargador se incluye en la venta, su potencia y compatibilidad con los protocolos de carga rápida, como USB Power Delivery. Esa transparencia busca que el consumidor compare ofertas antes de la compra y evite sorpresas en el momento de desempaquetar un equipo.
La cartera económica, liderada por Daniel Mas, defendió la réplica del modelo europeo como la vía práctica para reducir barreras comerciales y costes de adaptación para importadores. El gobierno espera que, al uniformarse el conector, se facilite la circulación de inventarios ya certificados internacionalmente y se reduzcan las diferencias de oferta entre tiendas locales y productos importados.
El próximo hito es octubre de 2026, cuando la obligación para teléfonos entrará en vigor y el Sernac comenzará a fiscalizar ventas. A mediano plazo, habrá que seguir la revisión bienal del organismo para ver si se amplía la lista de dispositivos regulados y cómo responden fabricantes y comercios a las nuevas etiquetas de rotulado.