La Corte Suprema y Subtel cambiaron la norma; Sernac investiga posible bloqueo de prefijos que afecta a usuarios.
La Subsecretaría de Telecomunicaciones (Subtel) eliminó la obligación de usar los prefijos 600 y 809 en llamadas de cobranza extrajudicial, tras un fallo de la Corte Suprema que acogió un amparo presentado por el gremio del retail financiero. La modificación se publicó en el Diario Oficial el 13 de mayo y permitirá que empresas de cobranza vuelvan a llamar desde números que lucen como teléfonos comunes. El cambio revierte la resolución de 2025 que diferenciaba comunicaciones contractuales y campañas con prefijos específicos. El Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) ofició a Subtel por un eventual mal uso de esos prefijos y pidió antecedentes administrativos.
La decisión judicial y el ajuste de Subtel cambian el principal marcador visual que los consumidores usaban para identificar llamadas de cobranza y ofertas comerciales, y abre un nuevo escenario para la protección del consumidor y la competencia entre operadores. Sernac advierte que algunas compañías podrían haber diseñado mecanismos que bloquean por defecto el prefijo 809, lo que, si se prueba, afectaría portabilidad y tratamiento de datos. El conflicto enfrenta la intención regulatoria de combatir el spam telefónico con la presión de la industria financiera por recuperar canales de gestión de deuda. La respuesta de Subtel a la petición de Sernac será clave para definir pasos administrativos o acciones colectivas.
Sernac envió un oficio formal a Subtel solicitando antecedentes sobre la supuesta implementación por parte de una o más empresas de telecomunicaciones de un mecanismo que mantiene preseleccionado el bloqueo del prefijo 809. El servicio argumenta que esa conducta podría impedir que clientes reciban comunicaciones de otros operadores y perjudicar procesos como la portabilidad numérica, la libre elección y el tratamiento de datos personales. Además pidió a Subtel informar si existe una investigación abierta y qué gestiones se han realizado contra las compañías implicadas. Sernac advirtió que, de comprobar incumplimientos, podría iniciar acciones individuales o colectivas.
La Subsecretaría de Telecomunicaciones modificó en mayo la resolución que en 2025 había creado los bloques de numeración 600 y 809 para distinguir comunicaciones contractuales y campañas comerciales, y publicó ese cambio en el Diario Oficial el 13 de mayo. Con la orden judicial como antecedente, Subtel aceptó que las llamadas destinadas a cobranza extrajudicial puedan prescindir de los prefijos, lo que permite a las empresas usar números que parecen fijos o móviles comunes. El regulador explicó que la modificación responde al fallo de la Corte Suprema y a la presentación del sector del retail financiero.
La apertura que permitió la revocación de la obligación nació en la Corte Suprema, que en marzo acogió el amparo económico presentado por la Asociación del Retail Financiero A.G.; el tribunal consideró que las llamadas de cobranza no constituyen un servicio complementario de telecomunicaciones sino una gestión directa entre acreedor y deudor. El gremio del retail sostuvo que la obligación de prefijos dañaba su capacidad para recuperar créditos y gestionar cuentas vencidas, argumento que el máximo tribunal acopló en su resolución. Ese dictamen fue el argumento central para que Subtel cambiara su normativa.
Para los consumidores el fin de los prefijos implica perder un sello visual que ayudaba a filtrar llamadas potencialmente fraudulentas o masivas, aunque la ley sigue impidiendo el hostigamiento y fijando límites de horario y frecuencia para cobranzas extrajudiciales. Sernac y la normativa vigente mantienen prohibiciones como llamadas fuera de horario, contacto a terceros o exceso de repeticiones; ante infracciones los usuarios pueden presentar reclamos formales. Organizaciones de consumidores ya llaman a reforzar la supervisión administrativa para que el cambio de norma no derive en mayor acoso telefónico.
El conflicto central enfrenta la interpretación judicial y administrativa —Corte Suprema y Subtel— que permiten prescindir de los prefijos, contra la preocupación regulatoria y de protección del consumidor expresada por Sernac sobre posibles bloqueos y pérdidas de transparencia. También existe tensión entre el argumento del retail de que los prefijos perjudicaban la gestión de cobros y la intención del regulador previo de usar esos códigos para combatir spam y fraudes telefónicos. Las partes discrepan sobre si eliminar la obligación aumentará el riesgo de acoso o si restituye canales legítimos de recuperación crediticia.
El próximo paso será la respuesta formal de Subtel al oficio de Sernac; ese expediente determinará si hay investigación y posible sanción administrativa por el bloqueo del prefijo 809. Si Subtel abre diligencias, Sernac advierte que evaluará acciones colectivas o individuales contra las empresas implicadas. Mientras tanto, los consumidores pueden recabar datos de llamadas y presentar reclamos ante Sernac si detectan llamadas fuera de horario o conducta de hostigamiento.