Sube el pago mínimo de las tarjetas
La CMF cambia la fórmula: más capital y las cuotas sin interés entran al mínimo desde junio de 2026.
- 01Nueva fórmula obligatoria
- 02Impacto en deudores
- 03Cuotas sin interés
- 04Flexibilidades y obligaciones
- ◆Contexto
- ◆Qué viene
La Comisión para el Mercado Financiero (CMF) publicó en junio de 2025 una normativa que modifica cómo se calcula el pago mínimo de las tarjetas de crédito y que entra en vigencia en junio de 2026. La nueva fórmula obliga a incluir al menos el 5% del monto financiable junto con el Monto No Financiable, lo que eleva los montos mensuales obligatorios para los usuarios. Además, las llamadas "cuotas sin interés" dejarán de quedar fuera del cálculo y serán incorporadas de forma gradual hasta completar el 100% en dos años. El objetivo declarado de la CMF es reducir el sobreendeudamiento y acortar plazos de pago que hoy pueden extenderse por más de una década.
El cambio implica que pagar solo intereses o fracciones ínfimas del saldo dejará de ser suficiente para mantener la deuda; la inclusión del 5% del capital reduce de forma notable el horizonte de pago. La incorporación progresiva de las cuotas sin interés —un 25% cada seis meses hasta dos años— busca evitar un choque abrupto para consumidores y procesos bancarios. La norma contempla mecanismos de alivio temporales para usuarios en apuros, pero obliga a la reestructuración de la deuda pendiente para evitar que los atrasos se acumulen. Para consumidores recurrentes del pago mínimo, el efecto será una alza sostenida en la cuota mensual y una reducción del plazo total de pago.
Nueva fórmula obligatoria
La Comisión para el Mercado Financiero (CMF) estableció que el pago mínimo mensual será la suma del Monto No Financiable (MNF) más al menos un 5% del Monto Financiable (MF). El MNF incluye cargos recurrentes como intereses, comisiones, mantención y, progresivamente, las cuotas originalmente pactadas como "sin interés". La modificación reemplaza el criterio previo, en que cada banco o casa comercial fijaba discrecionalmente su pago mínimo, a veces cercano a cubrir solo intereses. La norma fue publicada en junio de 2025 y su entrada en vigor quedó fijada para junio de 2026, con aplicación uniforme para todas las entidades supervisadas.
Impacto en deudores
La CMF ejemplifica el cambio con dos escenarios: pagar solo 1% del saldo puede extender el pago a 180 meses (15 años) con cerca de 160% en intereses acumulados; amortizar 5% reduce el plazo a unos 60 meses (5 años) y baja los intereses totales a aproximadamente 40%. Para consumidores que hoy cancelan el mínimo "de hambre", eso se traducirá en cuotas mensuales sensiblemente mayores pero en un ahorro neto a mediano plazo por intereses evitados. Los hogares con ingresos ajustados verán presión en su flujo mensual, en especial si concentran gasto en tarjetas. La medida persigue trasladar parte del costo de la reestructuración del crédito a plazos más cortos.
Cuotas sin interés
La normativa elimina la práctica extendida de dejar fuera del mínimo parte o la totalidad de las cuotas pactadas sin interés: su incorporación será gradual, con un 25% adicional incluido cada seis meses hasta completar el 100% en dos años. La transición pretende que las instituciones financieras ajusten sus sistemas de cálculo y facturación sin generar un impacto inmediato excesivo para los usuarios. Las cifras de la CMF indican que hoy la mayoría de los clientes termina pagando intereses por cuotas que originalmente eran sin costo, por lo que la medida busca reflejar ese flujo real en el pago mínimo. Para tarjetas con muchos planes de cuotas, el ajuste incrementará de forma progresiva la cuota mensual exigida.
Flexibilidades y obligaciones
La regulación contempla un mecanismo transitorio para usuarios en emergencia: los bancos podrán autorizar la exención del pago mínimo por hasta dos meses consecutivos, siempre que esos montos se sumen y la deuda resultante se estructure para pagarse en un plazo máximo de 24 meses. Las entidades financieras deberán adaptar sus procesos operativos, sistemas de facturación y comunicación con clientes para aplicar la nueva fórmula y el calendario semestral. La CMF plantea la medida como una responsabilidad macroprudencial para frenar el sobreendeudamiento y proteger la capacidad de pago de los hogares. Las casas comerciales y emisores de tarjetas han sido advertidos de la obligación de implementar cambios a partir de junio de 2026.
Hasta ahora, bancos y casas comerciales fijaban individualmente el pago mínimo, práctica que engendró el fenómeno de las "cuotas eternas" y altos costos financieros a largo plazo. La reforma se promulgó en el marco de la Ley N° 21.673 y responde a estudios regulatorios sobre endeudamiento de hogares que la CMF tuvo en cuenta al diseñar la regla. El ajuste encaja en una tendencia regional por regular la transparencia y cálculo de créditos al consumo y busca corregir incentivos en los emisores que favorecían la extensión del plazo de pago. La CMF ha señalado la necesidad de un periodo de implantación para que los sistemas bancarios y las redes comerciales puedan adecuarse.
Hitos concretos a observar: en junio de 2026 comienza a aplicarse la nueva fórmula para todos los emisores supervisados por la CMF. Cada seis meses habrá un incremento del 25% en la porción de las cuotas sin interés que se incorpora al MNF hasta completar el 100% en dos años. Los usuarios deberán revisar las comunicaciones de sus bancos para conocer el nuevo monto mínimo y las opciones de reestructuración que ofrezcan en caso de dificultad. Además, conviene vigilar las circulares y guías que publique la CMF en las próximas semanas para aclarar aspectos operativos y criterios de excepción.