Medida rige hasta el 31 de agosto; incluye calendario por dígitos, prohibición de calefactores a leña en alerta ambiental y nuevas excepciones TEA
01Desde el 1 de mayo de 2026 rige la restricción vehicular 2026 en la Región Metropolitana con el objetivo de reducir la contaminación en la cuenca de Santiago; la medida permanecerá vigente hasta el 31 de agosto, periodo de mayor concentración de contaminantes en la capital.
02Horario y ámbito: la restricción rige de lunes a viernes (excepto festivos) entre las 07:30 y las 21:00 horas. Se aplica en toda la Provincia de Santiago y en comunas como Puente Alto y San Bernardo; dentro del anillo Américo Vespucio la rotación se aplica según el calendario oficial publicado por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
03Dígitos y ejemplos concretos: para el miércoles 13 de mayo de 2026, los dígitos restringidos fueron principalmente el 2 y el 3 (en el anillo Américo Vespucio para vehículos sin sello verde); en el ámbito de la provincia de Santiago y las comunas de Puente Alto y San Bernardo la restricción en la rotación incluyó además dígitos como 4, 5, 6 y 7 según el calendario local. (El calendario oficial debe consultarse diariamente porque los dígitos varían según el día y la zona).
04Qué vehículos están afectados: la medida alcanza a autos catalíticos inscritos antes del 1 de septiembre de 2011, motocicletas anteriores a 2011 (motos previas a 2002 en algunos casos) y, en general, a vehículos sin sello verde; en condiciones normales los vehículos con sello verde inscritos después del 1 de septiembre de 2011, así como eléctricos e híbridos, están exentos, salvo que se declare preemergencia o emergencia ambiental, cuando la restricción puede ampliarse.
05Exenciones y nuevas disposiciones: permanecen exentos vehículos de Carabineros, PDI, Bomberos, Gendarmería, ambulancias y vehículos institucionales. Para 2026 se incorporó explícitamente la posibilidad de excepciones para personas con Trastorno del Espectro Autista (TEA): quienes requieran esta exención deben solicitar autorización previa a la Secretaría Regional Ministerial y el formato será publicado en el mini sitio del MTT.
06Medidas asociadas durante alertas ambientales: con la declaración de alerta o preemergencia ambiental se prohíbe el uso de calefactores a leña y derivados de la madera (excepto pellets) en toda la Región Metropolitana, así como las quemas agrícolas; estas medidas son fiscalizadas por la Seremi de Medio Ambiente, municipios y Carabineros.
07Sanciones: fiscalizar circulando con restricción puede acarrear multas de 1 a 1,5 UTM. En mayo de 2026 una UTM vale $70.588, por lo que la multa se ubica aproximadamente entre $70.588 y $105.882 por infracción.
08Dónde informarse y seguir el calendario: el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones publicó el calendario oficial en el Diario Oficial y mantiene información y formatos de exención en su mini sitio; se recomienda consultarlo diariamente antes de salir para confirmar los dígitos restringidos según zona y día.