Tribunal retrotrae RCA de Collahuasi por la planta desaladora
Anulan aprobación de 2021 por omisiones en consulta indígena y evaluación marina; empresa pide aclaraciones y detiene la desaladora.
- 01Fallo del tribunal
- 02Paralización de la desaladora
- 03Reacción de la industria
- 04Implicaciones regulatorias
- ◆Contexto
- ◆Qué se disputa
- ◆Qué viene
El Segundo Tribunal Ambiental anuló la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) del megaproyecto “Desarrollo de Infraestructura y Mejoramiento de Capacidad Productiva” de Collahuasi, ordenando retrotraer la tramitación para subsanar deficiencias sobre el componente humano indígena y los impactos marinos. La decisión, dictada el 14 de mayo, afecta una iniciativa de unos US$3.200 millones cuya planta desaladora está en la fase final de construcción. Collahuasi presentó un recurso de aclaración y suspendió la construcción y operación de la desaladora, manteniendo solo labores mínimas de mantención y seguridad. El fallo se da en medio del debate público sobre la certeza jurídica para las inversiones mineras en Chile.
La sentencia obliga al Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) a retrotraer el proceso hasta antes del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) para elaborar un nuevo ICSARA que aborde, en particular, la caracterización de las comunidades de Caleta Chanavaya y las observaciones sobre captación y descarga de la desaladora. El dictamen acogió una reclamación de las asociaciones indígenas Wilamasi de Pescadores Mamq’uta y Aymara de Caleta Chanavaya y detectó ilegalidades tanto en la línea de base del medio humano como en la evaluación del medio marino. La medida reabre preguntas sobre permisos ya otorgados y su estabilidad frente a reclamos ambientales y constitucionales.
Fallo del tribunal
El Segundo Tribunal Ambiental dejó sin efecto la RCA aprobada en 2021 y ordenó retrotraer la evaluación hasta antes de la dictación del Informe Consolidado de Evaluación para que se elabore un nuevo ICSARA. La sentencia, redactada por el ministro Cristián Delpiano Lira y suscrita por la ministra Marcela Godoy Flores (presidenta subrogante) y el ministro Cristián López Montecinos, acogió en lo sustantivo la reclamación presentada por las asociaciones indígenas de Caleta Chanavaya por falta de adecuada caracterización del medio humano y por defectos en la evaluación de los impactos marinos de la planta desaladora. El tribunal identificó irregularidades en la omisión de reuniones previstas en el artículo 86 del Reglamento del SEIA y en la insuficiente consideración de los reparos formulados por la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena (CONADI).
Paralización de la desaladora
Tras la notificación del fallo, la Compañía Minera Doña Inés de Collahuasi informó que acató la resolución y ordenó la detención inmediata de la construcción y la operación de la planta desaladora, que se encontraba en etapa de pruebas de sistemas y equipos. La empresa señaló que mantendrá únicamente acciones mínimas de mantención y seguridad y presentó un recurso de aclaración ante el tribunal para precisar qué partes de la RCA continúan vigentes y qué efectos tiene la sentencia sobre medidas ya ejecutadas. Collahuasi además advirtió sobre potenciales efectos ambientales y laborales si se paralizan medidas actualmente en marcha.
Reacción de la industria
El Consejo Minero y la Sociedad Nacional de Minería (Sonami) calificaron el fallo como una mala señal para la certeza jurídica: Joaquín Villarino, presidente del Consejo Minero, dijo que la resolución reinstala el “fantasma de la permisología” y genera preocupación para las inversiones; Jorge Riesco, presidente de Sonami, advirtió que este tipo de decisiones afecta el clima de inversión en proyectos de gran escala. Anglo American y Glencore, controladoras de Collahuasi, informaron que la empresa solicita una aclaración completa al tribunal y al SEA y aseguraron que el proceso de autorización se desarrolló conforme a la normativa vigente. Los gremios insisten en compatibilizar la agenda proinversiones del Ejecutivo con la estabilidad de permisos ya otorgados.
Implicaciones regulatorias
El fallo obliga al SEA a reabrir etapas del SEIA y a realizar las reuniones del artículo 86 que permitan caracterizar a los grupos humanos en la zona de influencia, evaluando la eventual procedencia de una consulta indígena. El tribunal también pidió que se revisen la verificabilidad de la velocidad de succión de la captación, la modelación de la sedimentación de la salmuera y la duración del plan de vigilancia del medio marino más allá de los primeros cinco años. La sentencia aparece mientras el Gobierno impulsa una megarreforma para reducir la “permisología” y contempla mecanismos para restituir gastos a titulares afectados por anulaciones de RCA, lo que podría entrar en tensión con la interpretación judicial.
La RCA del proyecto fue otorgada en diciembre de 2021 y buscaba extender la vida útil de Collahuasi por 20 años, incorporando un aumento de la tasa de procesamiento y la construcción de una planta desaladora en Punta Patache; en agosto de 2023 el Comité de Ministros respaldó el proceso administrativo y rechazó reclamaciones previas, pero las asociaciones indígenas y CONADI mantuvieron sus reparos. El Tribunal que dictó la sentencia estuvo conformado por la ministra Marcela Godoy Flores (presidenta subrogante), el ministro Cristián López Montecinos y el ministro Cristián Delpiano Lira, quien redactó el fallo; el caso acumula más de 800 días de litigio desde las reclamaciones administrativas iniciales. Collahuasi es controlada en partes iguales por Anglo American y Glencore y el proyecto representa un eje económico para la Región de Tarapacá, con miles de empleos vinculados a su construcción y operación.
Las partes discrepan sobre el alcance práctico del fallo: Collahuasi sostiene que la sentencia sólo afecta componentes acotados de la RCA y que el resto permanece vigente, mientras que el tribunal ordenó retrotraer la evaluación para elaborar un nuevo ICSARA sobre los puntos cuestionados. La industria y gremios afirman que el proyecto está prácticamente terminado y que la inversión está ejecutada en gran parte —un reclamo de fuentes industriales indicó cerca del 90%—; eso contrasta con la decisión judicial que detectó ilegalidades en etapas claves del proceso.
En las próximas semanas será clave la resolución del recurso de aclaración que Collahuasi presentó ante el Segundo Tribunal Ambiental para precisar la ejecución de la sentencia y qué obligaciones permanecen vigentes. El SEA debe retrotraer el expediente, convocar las reuniones del artículo 86 del Reglamento del SEIA y preparar un nuevo ICSARA que responda a las observaciones sobre el medio humano y el medio marino; esos pasos fijarán el alcance de futuras consultas indígenas y del monitoreo ambiental de la desaladora. También habrá que seguir posibles acciones legales adicionales de la empresa y el avance del debate parlamentario sobre la megarreforma que propone mecanismos de restitución de costos a titulares afectados por anulaciones de RCA.