La Corte de Apelaciones de Concepción ratificó que el establecimiento actuó dentro de la ley tras reiteradas conductas graves —entre ellas porte de navajas y una agresión con lesiones— y medidas de acompañamiento previas.
01La Corte de Apelaciones de Concepción confirmó por unanimidad la decisión del Colegio Particular Continental de Curanilahue de no renovar la matrícula del estudiante para el año académico 2026, tras rechazar el recurso presentado por su apoderada.
02Los antecedentes que motivaron la medida incluyeron 42 anotaciones negativas durante el año académico 2024 y episodios de especial gravedad: porte de armas blancas (navajas) en al menos dos ocasiones dentro del establecimiento, agresión física a un compañero con lesiones constatadas médicamente, y utilización de lenguaje obsceno y gestos de connotación sexual dirigidos a docentes y compañeras.
03Antes de adoptar la decisión definitiva, el establecimiento implementó instancias de seguimiento y apoyo: registró entrevistas documentadas y aplicó un Plan de Acompañamiento Emocional y Conductual (PAEC). El colegio sostuvo reuniones periódicas con la apoderada —entre ellas el 25 de agosto, 30 de septiembre y 20 de octubre de 2025— para monitorear la evolución conductual, la adherencia a tratamiento farmacológico y el desempeño escolar.
04La Corte consideró que dichas instancias de apoyo acreditadas en las “Hojas de Registro de Entrevistas” y el PAEC demuestran que no hubo inactividad por parte del establecimiento, sino la adopción de medidas pedagógicas y psicológicas destinadas a intentar revertir la conducta.
05Respecto de la condición de salud y las necesidades educativas especiales alegadas por la defensa, el tribunal confirmó que tales diagnósticos no eximen al estudiante del deber de cumplir las normas de convivencia escolar ni impiden la aplicación de sanciones disciplinarias, siempre que el procedimiento sea racional, previamente establecido y respetuoso del debido proceso.
06Tras la presentación de descargos (26 de noviembre de 2025) y la solicitud de reconsideración, el Consejo de Profesores del establecimiento decidió por unanimidad mantener la cancelación de matrícula, fundando su postura en la gravedad de los hechos, el quiebre de la confianza y el riesgo a la integridad de la comunidad educativa. Además, la Superintendencia de Educación revisó el procedimiento y no detectó vicios ni infracciones que invalidaran la tramitación.
07En su fallo, la Corte sostuvo que la decisión del colegio no fue arbitraria ni carente de fundamento: se enmarca en el ejercicio de las facultades disciplinarias del establecimiento, está sustentada en antecedentes objetivos y está orientada a resguardar la seguridad y la convivencia de la comunidad escolar.