Restricción vehicular 2026 en Santiago: qué rige ahora
Medida vigente desde el 1 de mayo busca reducir contaminación; solo ciertos vehículos y excepciones pueden circular hasta el 31 de agosto.
- 01Alcance y horario
- 02Exenciones y trámite TEA
- 03Medidas en alertas
- 04Fiscalización y sanciones
- ◆Contexto
- ◆Qué viene
Desde el 1 de mayo la Región Metropolitana aplica la restricción vehicular 2026 como parte del Plan de Gestión de Episodios Críticos: rige de lunes a viernes (excepto festivos) entre las 07:30 y las 21:00 horas y permanecerá vigente hasta el 31 de agosto. La norma prohíbe circular a autos catalíticos inscritos antes del 1 de septiembre de 2011, motocicletas anteriores a 2011, vehículos sin sello verde y motos previas a 2002 según el calendario de dígitos. En días de alerta, preemergencia o emergencia ambiental, las prohibiciones se amplían y se prohíbe el uso de calefactores a leña; esas medidas son fiscalizadas por la Seremi de Medio Ambiente junto a municipios y Carabineros. El Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones (MTT) mantiene un calendario público con los dígitos afectados cada jornada y un mini sitio con formularios de exención.
La medida persigue reducir material particulado fino (MP2,5) en la cuenca de Santiago y se articula con otras restricciones: prohibición de quemas agrícolas, limitación del uso de leña residencial y paralización de fuentes fijas en episodios críticos. El Gobierno destaca una reducción acumulada del 75% de MP2,5 desde los años 90 por la aplicación sostenida de planes de descontaminación. La fiscalización corre por cuenta de Carabineros y las multas por incumplimiento van de 1 a 1,5 UTM; además, el MTT publicó condiciones y exenciones que incluyen nuevas autorizaciones para personas con Trastorno del Espectro Autista (TEA).
Alcance y horario
La restricción se aplica en toda la provincia de Santiago y en comunas como Puente Alto y San Bernardo, con diferencias entre el anillo Américo Vespucio y el exterior según el tipo de vehículo y el dígito terminal de la patente. El régimen opera de 07:30 a 21:00 horas de lunes a viernes (excepto festivos) y se extiende hasta el 31 de agosto de 2026; el calendario oficial fue publicado por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. En condiciones normales quedan exentos los vehículos con sello verde inscritos después del 1 de septiembre de 2011, así como eléctricos e híbridos, aunque en preemergencias la restricción puede alcanzar a más categorías. El MTT mantiene un mini sitio con el calendario diario para que los conductores verifiquen los dígitos afectados.
Exenciones y trámite TEA
Las fuerzas públicas y servicios de emergencia —Carabineros, PDI, Bomberos, Gendarmería y ambulancias fiscales o institucionales— permanecen exentos de la restricción. Para 2026 se incorporó la posibilidad de exención para personas dentro del Trastorno del Espectro Autista (TEA) y sus tutores legales, pero su uso exige autorización previa de la Secretaría Regional Ministerial. El MTT informó que publicará el formato y los requisitos en el mini sitio de la medida; quienes no obtengan la autorización y circulen bajo restricción quedan sujetos a fiscalización y multa.
Medidas en alertas
Cuando la Delegación Presidencial activa una alerta ambiental, las limitaciones se suman a la restricción vehicular: se prohíbe encender calefactores a leña y derivados de la madera (salvo pellets) y se impide la realización de quemas agrícolas en toda la Región Metropolitana. Esas medidas son fiscalizadas por la Seremi de Medio Ambiente junto a municipios y Carabineros y pueden complementarse con la paralización de fuentes fijas y la ampliación del listado de patentes afectadas en preemergencias o emergencias. Las autoridades han utilizado estas herramientas para disminuir episodios críticos de contaminación durante el invierno.
Fiscalización y sanciones
Carabineros es la institución encargada de fiscalizar el cumplimiento de la restricción y la aplicación de multas que, en mayo de 2026, van de 1 a 1,5 UTM por infracción. El valor referencial de la UTM en mayo de 2026 fue informado en las circulares de control y aparece en la normativa consultada; la sanción económica busca desincentivar la circulación de vehículos altamente contaminantes. Además de la multa, la fiscalización en conjunto con municipios y la Seremi pretende asegurar el cumplimiento de prohibiciones asociadas a alertas y la reducción de fuentes de emisión.
La restricción vehicular forma parte de un paquete de políticas que el Gobierno ha aplicado históricamente en la cuenca de Santiago para bajar el material particulado fino; las autoridades consignan una reducción del 75% de MP2,5 desde la década de 1990 tras años de planes de descontaminación. El Plan de Gestión de Episodios Críticos (GEC) combina restricciones móviles y estacionarias, fiscalizaciones y medidas para calefacción residencial; la Delegación Presidencial y la Seremi de Medio Ambiente han coordinado alertas y prohibiciones estacionales que se intensifican en invierno. El MTT publicó el calendario y el formato de exenciones, y los municipios han reforzado controles en puntos críticos de la ciudad.
Hitos relevantes a observar: la vigencia actual de la restricción concluye el 31 de agosto de 2026, fecha en la que el MTT y la Seremi deberán comunicar cualquier prórroga o cambio. En las próximas semanas la Delegación Presidencial puede decretar nuevas alertas ambientales que amplíen las prohibiciones a más dígitos y categorías de vehículos; esas decisiones suelen anunciarse con 24–48 horas de anticipación. Además, el MTT debe publicar en su mini sitio el formato de exención TEA; quienes requieran la autorización deben tramitarla ante la Secretaría Regional Ministerial antes de circular.