Sube el pago mínimo de las tarjetas
La nueva norma de la Comisión para el Mercado Financiero entra en junio de 2026 y busca reducir el sobreendeudamiento.
- 01Nueva fórmula del mínimo
- 02Gradualidad de las cuotas
- 03Efectos en plazos e intereses
- 04Excepciones y alivios
- ◆Contexto
- ◆Qué viene
La Comisión para el Mercado Financiero (CMF) cambió la fórmula que determina el pago mínimo de las tarjetas de crédito: a partir de junio de 2026 éste deberá incorporar el 5% del monto financiable más el monto no financiable. La medida —publicada en junio de 2025 bajo la Ley N° 21.673— busca frenar prácticas que dejaron deudas “eternas” y altos cobros por intereses. La incorporación de las cuotas “sin interés” al monto no financiable será gradual, con un avance cada seis meses hasta completar dos años. Los emisores podrán ofrecer hasta dos meses de excepción en casos de emergencia, siempre que la deuda se reestructure en un plazo máximo de 24 meses.
El cambio obliga a que el pago mínimo deje de ser casi sólo interés y amortice capital: incluirá el 5% del saldo financiable y todos los intereses, comisiones y cuotas sin interés en proceso de incorporación. Según la CMF, pasar de pagar sólo 1% del saldo a amortizar 5% reduce el plazo de pago de 180 a 60 meses y acorta sustancialmente los intereses acumulados. La transición progresiva busca dar tiempo a bancos y consumidores para adaptarse, pero implicará aumentos mensuales inmediatos para quienes hoy sólo cubren intereses. El objetivo explícito de la CMF es limitar el sobreendeudamiento y hacer que las tarjetas cumplan una función de crédito con amortización real.
Nueva fórmula del mínimo
La Comisión para el Mercado Financiero (CMF) fijó que el pago mínimo mensual será la suma del Monto No Financiable (MNF) y al menos el 5% del Monto Financiable (MF). El MNF incluye cargos obligatorios como intereses, comisiones, seguros y las cuotas pactadas como “sin interés”. Con ello se termina la práctica en que cada banco definía un mínimo que, en muchos casos, sólo cubría intereses y mantenía el saldo. La intención regulatoria es asegurar que el deudor amortice capital de manera sostenida y no extienda la deuda por años.
Gradualidad de las cuotas
La incorporación de las cuotas “sin interés” al MNF será gradual: a partir de junio de 2026 se comenzará a incluirlas y cada seis meses el porcentaje subirá un 25% hasta completar el 100% en dos años. La CMF explicó que la transición pretende que las instituciones financieras ajusten sistemas y procesos sin aplicar el cambio de golpe a todos los clientes. Los emisores verán cómo aumenta el componente no financiable que deben sumar al pago mínimo, lo que se traducirá en cuotas mensuales más altas para quienes mantienen planes largos. El calendario de avance semestral será determinante para la magnitud del impacto en cada ciclo de facturación.
Efectos en plazos e intereses
La CMF ilustra el cambio con escenarios: si hoy un cliente paga sólo el 1% del saldo podría tardar hasta 180 meses en saldar y pagar alrededor de 160% adicional en intereses; con el nuevo mínimo del 5% ese plazo cae a 60 meses y los intereses totales a cerca de 40%. Para los usuarios con planes largos o varias cuotas sin interés la factura mensual subirá y la deuda se amortizará más rápido, reduciendo el costo financiero en el mediano plazo. Los bancos deberán ajustar sus modelos de riesgo y previsión de ingresos por tarjetas ante la menor persistencia de saldos altos. El resultado esperado por la CMF es menos deudores prolongando obligaciones y menor acumulación de intereses.
Excepciones y alivios
La normativa permite a los emisores ofrecer exenciones temporales: en caso de emergencia un banco puede autorizar no pagar el mínimo por hasta dos meses consecutivos, pero esos montos deberán incorporarse a la deuda y pagarse dentro de un máximo de 24 meses tras reestructurarla. Ese mecanismo busca compatibilizar la exigencia de amortización con situaciones puntuales de stress financiero del cliente. Las instituciones financieras deberán documentar y ofrecer la reestructuración según lo regulado por la CMF, que supervisará su aplicación. Los consumidores deben consultar con su emisor las condiciones específicas y los plazos de la reprogramación.
La CMF publicó la norma en junio de 2025 en el marco de la Ley N° 21.673, respondiendo a años de críticas por los llamados pagos mínimos que prolongaban deudas. Hasta ahora la práctica dependía de cada emisor —bancos y casas comerciales— y permitió que un alto porcentaje de consumidores pagara intereses por planes originalmente anunciados como “sin interés”. Reguladores y organizaciones de consumidores han promovido cambios similares para aumentar la transparencia y la sostenibilidad del crédito rotativo. La CMF aporta los datos de simulación que justifican la presión regulatoria y será la encargada de supervisar la implementación.
Hitos concretos a seguir: en junio de 2026 comienza a aplicarse la nueva fórmula con inclusión progresiva de las cuotas sin interés; cada seis meses aumentará el porcentaje incorporado hasta completar la transición en dos años. En las próximas facturaciones los emisores deberán informar cómo afectará el nuevo cálculo a cada cliente y la CMF supervisará el correcto despliegue. También habrá que observar la práctica de los bancos sobre la oferta de reestructuraciones de deuda y la utilización de la excepción de hasta dos meses en casos de emergencia. Cualquier cambio en los plazos o en las condiciones de transición será comunicado por la CMF y los emisores.