La CMF obliga a incluir 5% del capital y cuotas sin interés; la norma se aplica en fases desde junio de 2026.
La Comisión para el Mercado Financiero (CMF) fijó una nueva fórmula para el pago mínimo de las tarjetas que entrará en vigor en junio de 2026, un año después de publicada la norma. A partir de esa fecha el mínimo deberá sumar el Monto No Financiable (MNF) más al menos el 5% del Monto Financiable (MF). Además, las cuotas pactadas "sin interés" comenzarán a incorporarse de forma gradual hasta quedar incluidas en su totalidad. El cambio busca impedir que deudores paguen montos que sólo cubren intereses y mantengan deudas "eternas".
La modificación —incorporada en la Ley N° 21.673 y detallada por la CMF— obliga a que el pago mínimo deje de ser un monto simbólico y pase a amortizar capital. Para miles de hogares que hoy destinan sólo una fracción del saldo, el efecto debería ser tangible: según la propia autoridad, reduciría el tiempo y el costo total de la deuda. El diseño prevé una implementación gradual para permitir que emisores y clientes se adapten sin un choque de liquidez inmediato.
La nueva fórmula establece que el pago mínimo estará compuesto por el Monto No Financiable —que incluye cuotas sin interés, seguros, cargos y comisiones— más al menos un 5% del Monto Financiable, es decir del capital adeudado. La medida pretende eliminar prácticas en que el mínimo cubría sólo intereses y mantenía intacto el capital. El cambio fue publicado por la CMF en junio de 2025 y se enmarca en la Ley N° 21.673 para proteger a los consumidores. La autoridad enfatiza que la norma busca promover la amortización real de las deudas.
La implementación será gradual: la fórmula empieza a regir en junio de 2026 y, respecto a las cuotas sin interés, su incorporación al MNF será progresiva con incrementos del 25% cada seis meses hasta completar dos años. El período transitorio busca que bancos y emisores adapten sistemas de cálculo y comunicaciones, evitando ajustes bruscos para los clientes. Las instituciones disponen así de una ventana para actualizar procesos de facturación y atención. Las fechas fijadas marcan etapas observables para supervisión y cumplimiento.
El impacto en la trayectoria de pago puede ser amplio: la CMF ejemplifica que una persona que habitualmente amortiza sólo el 1% del saldo tardaría 180 meses (15 años) en cancelar la deuda y pagaría alrededor de 160% adicional en intereses. Con un mínimo que incluya 5% del capital, ese plazo se reduce a 60 meses (5 años) y el interés acumulado caería al orden del 40%. Esos cálculos se han usado para justificar el cambio como mecanismo contra las "cuotas eternas".
La norma incorpora además mecanismos de alivio para casos de apremio: los emisores podrán autorizar que un cliente no pague el mínimo hasta por dos meses consecutivos, siempre que la deuda se reprograme para pagarse en un máximo de 24 meses. Esa opción pretende ofrecer un respiro temporal sin que el deudor retroceda a plazos indefinidos. Las entidades deberán documentar estas reestructuraciones y ajustarlas a los límites que fija la regulación.
Las compañías financieras deberán adaptar sistemas de cobro, recalibrar modelos de riesgo y actualizar la información al cliente durante el período de transición. La CMF y los emisores coinciden en que el ajuste permitirá reducir prácticas donde un 84% de quienes usan cuotas terminan pagando intereses por planes originalmente sin costo. En la práctica, la supervisión buscará comprobar que los cambios se traduzcan en amortización efectiva y no en nuevas comisiones ocultas.
El próximo hito es la entrada en vigencia en junio de 2026 y el primer aumento semestral en la inclusión de cuotas sin interés. En los seis meses siguientes la industria deberá empezar a reflejar los nuevos mínimos en estados de cuenta y la CMF fiscalizará cumplimiento. Los consumidores deberán revisar sus extractos y, de ser necesario, consultar opciones de reestructuración con su emisor.